Preámbulo La Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, instrumento básico sobre el que gira el ejercicio por la Comunidad de las competencias que, sobre la materia, tiene atribuidas, preveía en su Disposición Final Tercera que, sin perjuicio de las habilitaciones expresas que el citado Texto Legal
Ley1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 12 de marzo de 2018) Consulte la normativa relacionada.
1 El 1 de abril de 2018 ha entrado en vigor la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que regula el régimen jurídico de los Cuerpos de Policía Local, modificando la denominación de las categorías jerárquicas, así como los grupos y escalas de pertenencia de los agentes y mandos de
Sobrela reclasificación de Policías locales. Una vez publicado el informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid con referencia a los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional de 6 de febrero que declara inconstitucionales y nulas las disposiciones 1ª y 3ª de la ley de coordinación 1/18; el mismo va en la misma línea que
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Artículo1. Objeto. El objeto de la presente Ley es la coordinación de la actuación de las Policías Locales en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de conformidad
decoordinación de las policías locales de la Región de conformidad con el artículo 31.1.32ª de su Estatuto de Autonomía. En el ejercicio de dicha competencia, las Cortes Regionales aprobaron la Ley 2/1987, de 7 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, que posteriormente fue sustituida por la actual Ley 8/
Eltítulo V trata de la formación profesional de las policías locales como eje fundamental de la coordinación de las mismas, en sintonía con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, que el reglamento desarrolla, atribuyendo dicha función al Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
Resoluciónde 28 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat
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